Tal y como se indica en la Ley de Sociedades de Capital, la transmisión de la participación social de un socio debe de hacerse a través de un documento público.
De la misma manera, el que adquiere la participación social tiene el derecho de ejercer su poder como socio ante el resto de socios desde que el documento de transmisión entre en vigor. A continuación, expondremos las principales dudas que se generan con respecto a este tema.
¿Qué son las particiones sociales de una sociedad?
Las sociedades limitadas reparten su capital en función de participaciones a los socios otorgándoles así la condición de socio y por tanto, pasan a formar parte de la propiedad social del capital. Además, para que sean efectivas deberán de estar numeradas y plasmadas en los estatutos y escritura social de la sociedad.
¿Cómo funciona el proceso de venta de las particiones sociales?
Obviamente el primer paso es tener a una persona o sociedad interesada en adquirir estas particiones. Esta oferta debe de hacerse de manera formal a través de una carta de intenciones.
Entonces el vendedor deberá de comunicar a la persona encargada de administrar la sociedad el número y tipo de particiones que pretende vender, datos identificativos del comprador, precio por el que va a vender la partición y finalmente las condiciones específicas de la operación.
Una vez tenga la empresa tenga este documento en su poder deberá de responder en el plazo de tres meses. En el caso de que la empresa no dé una respuesta en este periodo, el vendedor podrá vender la participación.
¿La empresa puede comprar sus propias participaciones?
La respuesta es sí, este proceso se denomina autocartera, y solo será posible en los siguientes casos:
- Si las participaciones de objeto constituyen un patrimonio adquirido a título universal o se pretenda comprar a título gratuito.
- Si las participaciones se compran para realizar un acuerdo de reducción de capital de la sociedad.
- Si las participaciones que se van a adquirir se compren a través de un proceso de ejecución, subasta y remate de las participaciones de otro socio.
- Si la compra de la participación tenga como finalidad separar a un socio, llevar a cabo una cláusula estatuaria o bien transferir paticipaciones a mortis causa.
¿Cuál es la forma jurídica por la que se lleva a cabo la transmisión?
Como mencionamos al principio, la transmisión de participaciones sociales debe de someterse a un documento y escritura pública, tal y como se indica en el artículo 106.1 de la LSC “La transmisión de las participaciones sociales deberán constar en documento público”.
¿Cuál es el plazo para presentar el documento en escritura pública desde que la empresa responde al vendedor?
Cuando la sociedad responde con los datos del interesado dando su conformación al socio vendedor, este tendrá que presentar el documento de compraventa en escritura pública en el plazo de un mes.
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