Renuncia a la exención del IVA

Renuncia a la exención del IVA

El IVA (Impuesto sobre el valor añadido) es un impuesto que incrementa el valor a pagar de bienes y prestaciones por servicios realizados por empresarios y profesionales. Como pasa con otros impuestos, es posible exonerarse dentro de la legalidad de este tributo para reducir el coste final.

Imagina que eres un empresario con intención de comprar un local para llevar a cabo tu actividad laboral. ¿Existe alguna manera que permita reducir el coste final de esta operación?

La respuesta es sí. Al llevar a cabo operaciones que conllevan un movimiento económico elevado, como puede ser la compra de un inmueble, existe la posibilidad de la exención del IVA.

Sin embargo es diferente con aquellos inmuebles que son considerados ‘’nuevos’’, que tributan por IVA. Entonces la persona que compra el inmueble es la encargada de pagar este impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales (ITP) a un porcentaje que se encuentra entre el 7% y 10% sobre el valor del inmueble. Esto variará en función de la comunidad Autónoma donde se realice la operación.

A continuación, os explicaremos los requisitos para renunciar la exención del IVA y las situaciones en las que es beneficioso aplicar la renuncia por exención del IVA.

Requisitos para renunciar a la exención del IVA

Para que sea efectiva la renuncia a la exención del IVA, deben de cumplirse los siguientes requisitos:

  • El vendedor debe de ser sujeto pasivo del IVA. Es decir, el inmueble debe de tener como objeto una actividad que repercuta en el IVA. No podría hacerse en un inmueble para uso y disfrute personal.
  • La persona que adquiera el inmueble debe de ser una persona física o sociedad que vaya a destinar la actividad del inmueble a una finalidad en la que tenga derecho a deducir total o parcialmente el IVA de la operación.

Tanto el comprador, como el vendedor deben de comunicar la renuncia de la exención del IVA al organismo correspondiente, a no ser que esta reducción venga indicada en el documento y escritura de compraventa.

¿En qué casos es recomendables aplicar la renuncia a la exención del IVA?

Ahora que ya sabemos el significado de la renuncia la exención del IVA y los requisitos necesarios para llevarla a cabo te explicaremos en qué casos es recomendable hacerlo y en qué casos no merece la pena.

  • Es recomendable en aquellos casos en los que la autorepercusión conlleve un efecto neutro porque la persona que adquiere el bien tiene derecho a deducirse el total del IVA soportado.
  • No es recomendables en aquellos casos en los que el comprador se encuentre en prorrata y no pueda deducir del coste final el 100% del IVA. Entonces habrá que analizar si ahorrarse el ITP, derivado de dicha renuncia satisface el IVA no deducible que va a soportar.

Desde SYP queremos que todos nuestros clientes estén informados y asesorados en todo momento. Nosotros analizamos cada gasto, obra o reparación con el objetivo de reducir los costes, por lo que podremos ayudarte como es debido en esta materia. Si tienes alguna duda no dudes en contactar con nosotros.